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Inconstitucional prohibir matrimonios gay en Jalisco: SCJN

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este martes por unanimidad que la prohibición a los matrimonios civiles entre personas del mismo sexo en Jalisco es inconstitucional.

El proyecto, promovido por el ministro José Ramón Cossío, invalidó el artículo 260 del Código Civil de la entidad por considerarlo inconstitucional, ya que limita el matrimonio a la unión entre “el hombre y la mujer”.

«Se declara la invalidez de la porción normativa que indica ‘el hombre y la mujer’ del artículo 260 del Código Civil del estado de Jalisco y por vía de consecuencia se extiende dicha declaratoria de invalidez a los artículo 258 y 267 Bis», declaró la SCJN.

En junio de 2015, la jurisprudencia emitida por la SCJN falló a favor de declarar inconstitucional las leyes de los estados que contemplan únicamente el matrimonio heterosexual, bajo el argumento de que es discriminatorio para los derechos que garantiza la Constitución a todos sus habitantes.

En las entidades de Oaxaca, Puebla, Nuevo León, Guanajuato, Estado de México y Baja California se declaró inválida la prohibición desde 2012.

La declaración concerniente a las modificaciones que se realizarán en el Código Civil jalisciense será publicada en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del estado de Jalisco y en el Semanario Judicial de la Federación, indica la declaratoria.

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