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12 municipios en Morelos incumplen con plan operativo de Protección Civil

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El propósito de plan es mitigar riesgos previamente identificados, definir acciones preventivas para estar en condiciones de atender alguna emergencia o desastres

En Morelos 12 de 36 municipios que conforman el estado, no han cumplido con la elaboración de su Plan Operativo de Protección Civil, lo que trae como consecuencia que la integridad física de la población esté en riesgo, toda vez que el personal de los ayuntamientos no se encuentra preparado para enfrentar una contingencia.

Enrique Clement Gallardo, Coordinador Estatal de Protección Civil fue quien reveló la grave situación, pero dijo no recordar los nombres de estos municipios aun y cuando él es responsable de exigir que esto se cumpla en tiempo y forma, para evitar una tragedia, sobre todo en la presente temporada de lluvias. “No todos han cumplido, faltan 12 municipios de todas las zonas, no recuerdo bien los nombres, pero de la zona sur, Amacuzac creo es el que falta” puntualizó.

Señaló que en el caso de las localidades con mayor recurrencia de inundaciones ya realizaron su estrategia de emergencia, incluso antes que diera inicio la temporada formal de lluvias, asegurando sentirse tranquilo por ello.

“Yautepec, Tlaltizapán, Tlaquiltenango, Jojutla y Puente de Ixtla y otras zonas de mayor riesgo de inundaciones Jiutepec, un poco Mazatepec, Miacatlán y Tetecala ya han cumplido”, refirió Clement Gallardo. Cabe destacar que el Plan Operativo de Protección Civil, contempla una planeación al interior de los ayuntamientos, donde a cada área de los mismo, le corresponde realizar una actividad específica en caso de alguna contingencia, contiene medidas preventivas como desazolves, limpieza en barrancas, notificaciones a familias que radican en las áreas de riesgo, limpieza de calles, coladeras y drenajes que son los que al momento han provocado inundaciones.

Finalmente, el funcionario estatal informó que datos proporcionados por la Comisión Estatal del Agua (Ceagua) se tiene detectados 158 puntos de riesgo por inundaciones de los cuales 34 de ellos representan un peligro es mayor. ¿Qué establece la Ley al respecto? La Ley de Protección Civil para el Estado tiene por objeto regular las acciones en materia de protección civil, así como establecer las bases de coordinación con la federación, los estados y los municipios.

El Programa Interno de Protección Civil es un instrumento de planeación y operación, circunscrito al ámbito de una dependencia, entidad, institución u organismo del sector público, privado o social.

Dicho programa interno se compone por el plan operativo para la Unidad Interna de Protección Civil, el plan para la continuidad de operaciones y el plan de contingencias. Así mismo tiene como propósito mitigar los riesgos previamente identificados y definir acciones preventivas y de respuesta para estar en condiciones de atender la eventualidad de alguna emergencia o desastre en cada uno de los inmuebles.

De acuerdo con la Ley, artículo 12, la Coordinación Estatal a través de su Titular, tendrá las atribuciones siguientes en materia de Protección Civil: Integrar, coordinar y supervisar el Sistema Estatal para garantizar, mediante la adecuada planeación, la prevención, auxilio y recuperación de la población y de su entorno ante situaciones de desastre, incorporando la participación activa y comprometida de la sociedad, tanto en lo individual como en lo colectivo.

Por Areli Gómez

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