Sintonízanos
Lun-Vie de 7:00-9:00 am en 103.7 Fm🎙

Alejandro Vera Jiménez Ex rector de la UAEM deberá pagar más de 39 MDP

Fecha

 

Alejandro Vera Jiménez, ex rector de la Universidad Autónoma de Morelos, quien es prófugo de la justicia, deberá indemnizar a hacienda pública la cantidad de 39 millones 159 mil pesos, correspondiente a las irregularidades de un convenio que se llevó a cabo en el 2013 entre la Universidad Autónoma de México y la Secretaria de Desarrollo Social.

Con una mayoría de siete votos, la Sala Superior aceptó el proyecto de la magistrada Zulema Mosri Gutiérrez, quien fue la encargada de proponer la declaración infundada de los argumentos del ex rector Alejandro Vera Jiménez, debido a que no se comprobó que el dinero fue utilizado en la compra del material de apoyo para los promotores de la Cruzada Nacional contra el Hambre, que se puso en marcha en 400 municipios.

“La hacienda pública federal fue dañada porque los recursos federales del apéndice 2 fueron ejercidos para bienes y servicios que no tienen relación con la Cruzada Nacional Contra el Hambre por los servicios de asesoría especializada en materia de difusión y promoción social, así como los relativo a la implementación y seguimiento de la asesoría en materia de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, es evidente que no están vinculadas directa o indirectamente con las personas que viven en las condiciones de pobreza multidimensional extrema y que presentan carencia de acceso a la alimentación”.

La magistrada Mosri Gutiérrez confirmó que fue ilegalmente subcontratado el 85.88 por ciento del apéndice 2, en contravención del artículo 1, antepenúltimo y penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del sector público lo mismo con el Artículo cuarto de su reglamento, “pues si es subcontratado más del 49 por ciento implica que el apéndice sería cumplido en porcentaje mayor por un proveedor particular, lo cual implica que la universidad no tenía capacidad legal, técnica ni humana para cumplirlo y en consecuencia que una forma mediante la cual se eludieron las reglas del artículo 134 constitucional”.

Dado a esto, la magistrada comentó también que hubo una incongruencia de temporalidad, pues la Sedesol indicó que el 9 de septiembre y el 28 de octubre del año 2013 habían recibido los entregables, pero no fue hasta que el 15 de noviembre de ese mismo año, cuando la universidad dio inicio a la subcontratación de dichos servicios y el 29 de noviembre se firmó el contrato para cumplir esos servicios con el particular.

“Concluimos que el actor sí es responsable en materia resarcitoria, porque firmó el apéndice 2, pues esa rubrica es la que causó el daño a la hacienda pública federal, pues si no se hubiese realizado, no se habrían desviado los recursos federales mediante los servicios que no están vinculados a la Cruzada Nacional Contra el Hambre los cuales fueron subcontratados ilegalmente y carecen de materialidad”.

“Asimismo, la firma del actor sustenta la imputación de responsabilidad resarcitoria, porque firmó el apéndice en el cual están descritos servicios que no están vinculados con esa cruzada aunado a que instruyó al director general de proyectos especiales a que realizaran los procedimientos de contratación para cumplir lo pactado con la Sedesol, ello a pesar de que comunico a la Sedesol que la universidad tenía capacidad para cumplir lo convenido”. Dijo la magistrada Mosri Gutiérrez

Facebook
Twitter
WhatsApp

Más
Noticias