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Demandan a IFT suspenda campaña contra radios no concesionadas

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INFORMACIÓN DE DESINFORMEMONOS.ORG

Un rotundo rechazo su rechazo a la campaña “criminalizadora”, con frases como “Se busca por robo”, emprendida por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en diversos medios de comunicación contra estaciones de radio no concesionadas como las comunitarias, manifestaron diversas organizaciones de comunicación e indígenas.

La Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC)- México detalló en un comunicado que en días recientes, junto a las noticias de cierres de radios no concesionadas, de la aprehensión de personas en esos operativos y de la incautación de sus equipos de transmisión, se publicaron spots en las radios comerciales y un “amarillista” desplegado a media plana y a todo color en periódicos de importancia de todo el país suscrito por el IFT, criminalizando las transmisiones de dichas estaciones.

La organización llamó al IFT a suspender dicha campaña, a liberar de cargos a las personas detenidas, a devolver equipos y materiales incautados y a establecer un diálogo abierto y franco con los medios no concesionados sobre las ventajas de su regularización.

Apuntó que “Es muy lamentable que el IFT, un órgano autónomo en teoría creado para la administración del espectro en forma independiente a los grupos de interés, presida esta campaña con las frases que la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión(CIRT) ha utilizado para denostar, desacreditar y también criminalizar a otras manifestaciones de expresión”.

La AMARC, conjuntamente con Redes para la Diversidad, Equidad y Sustentabilidad; la Agencia Internacional de Prensa Indígenas; la Comisión de Seguimiento del Congreso  Nacional de Comunicación Indígena y  Ojo de Agua Comunicación,  envió además una carta al Coordinador General de Comunicación Social del IFT en la cual le advierten que la campaña: “SE BUSCA POR ROBO: Transmitir desde una estación de radio sin concesión es un delito. Las estaciones sin concesión nos afectan a todos” contiene “información falsa que contribuye a la violación de derechos humanos fundamentales, además de que incurre en infracciones a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos” y otras disposiciones similares, así como el propio estatuto Orgánico del IFT.

Subrayan que “información falsa como la que aparece en la publicación referida, alienta violaciones a Derechos Humanos como las que han sido practicadas por autoridades locales que, alegando delitos del orden común, se han arrogado funciones de la autoridad federal para allanar medios de comunicación que les son incómodos, atentando contra el ejercicio de la libertad de expresión e información”.

La AMARC en su comunicado señala que “esta agresiva campaña del IFT, desacata las recomendaciones hechas por expertos en Derecho Internacional sobre Derechos Humanos y Libertad de Expresión, así como las observaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que en el documento “Estándares de Libertad de Expresión para una radiodifusión libre e incluyente”, aprobado en 2009, recomendó a los Estados partes que “La regulación sobre radiodifusión sólo puede contemplar aquellas restricciones que sean necesarias, idóneas y proporcionales para lograr la finalidad que se persigue” y que “la protección de ciertos derechos vulnerados por el ejercicio de la libertad de expresión por medio de sanciones penales resultaba desproporcionada e innecesaria en una sociedad democrática”.

Además, subraya, el secuestro de equipos utilizados es violatorio del Artículo 7 constitucional que advierte: “En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento de delito”.

Menciona que la CIDH reconoce la potestad que tienen los Estados para regular la actividad de radiodifusión de manera que se cree un marco en el cual sea posible el más amplio, libre e independiente ejercicio de la libertad de expresión por la más diversa cantidad de grupos o personas, de forma tal que se asegure al mismo tiempo que esta facultad no será usada como forma de censura y que se garanticen la diversidad y la pluralidad.

La AMARC cuestiona “¿Qué ha hecho el IFT para demostrar que con la nueva LFTR existe igualdad de condiciones para el acceso a las frecuencias y mayor diversidad de medios, qué políticas públicas de inclusión social ha adoptado para apoyar a los medios indígenas y comunitarios, qué recursos de diálogo ha adoptado para garantizar seguridad en el ejercicio de la libre expresión antes de pasar a emplear políticas persecutorias? Sin vocación democrática, las respuestas a estas preguntas se suplantan con la represión”.

Advierte que las acciones de criminalización de la libertad de expresión en las condiciones actuales “sólo abonan a aumentar la crispación social, en un país donde la distancia entre la pobreza y la riqueza extremas se torna cada año más abismal y ofensiva”.

En la carta enviada al responsable de Comunicación del IFT el 28 de marzo -de la que hasta hoy no se había recibido respuesta- las organizaciones le hacen notar que si bien el uso de espectro radioeléctrico de uso determinado sin concesión, de acuerdo con la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, constituye una infracción prevista en el artículo 298, “no existe tipo penal alguno aplicable a dicha conducta y mucho menos equiparable al robo”. Mencionan igualmente que la incautación de equipos  contraviene el segundo párrafo del artículo 7º Constitucional pues en ningún caso pueden secuestrarse bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento de delito.

Añaden que aunque los artículos 149 y 150 de la Ley de Bienes Nacionales han sido utilizados para tratar de inculpar a comunicadores comunitarios alegando que el uso de espectro sin concesión cae en el supuesto tipificado por dichos artículos, “tal argumento resulta cuestionable, pues podría afirmarse que cualquier persona que usa una red Wi Fi, caería en este supuesto, o que habría que enviar a la cárcel a comunidades enteras que han decidido instalar una emisora de radiodifusión.

Asimismo que si se busca que los medios que no cuentan con concesión funcionen de acuerdo al marco normativo vigente, añaden, esto podrá alcanzarse facilitando información que contribuya a ello e impulsando las obligaciones de pluralidad de concesionarios existentes.

Por otra parte le recuerdan la obligación que tiene el IFT de fomentar el desarrollo de los medios comunitarios e indígenas, y en específico para el área de comunicación social, la de reservar el 1% de su presupuesto este tipo de medios, “lo que hasta ahora no ha sucedido”.

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