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Diputados de MORENA preparan creación de la Guardia Nacional

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La fracción parlamentaria del Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) en la Cámara de Diputados presentará la iniciativa de reformas a la Constitución la cual prevé atender el problema del vacío legal en que opera en las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública, creando una Guardia Nacional.

La propuesta firmada por los integrantes de la bancada señala que ese cuerpo se encargara de prevenir y combatir el delito en todo el territorio nacional, con jerarquía y disciplina militares.

El documento publicado en la Gaceta Parlamentaria de San Lázaro agrega que adicional a las funciones de garantizar la seguridad y paz públicas, preservar la vida, la libertad y bienes de las personas, la Guardia Nacional auxiliará al Ministerio Público.

Para ello se coordinará con instituciones de seguridad pública y procuración de justicia de los estados y municipios. “Tratándose de delitos federales podrá actuar como auxiliar del Ministerio Público, pero siempre bajo el mando y conducción de éste”.

Refiere que los elementos de la Guardia en uso de sus atribuciones, podrán detener a las personas, pero tendrán expresamente prohibido trasladarlas a instalaciones militares.

Esa actuación se ajustará a los principios de derechos humanos, garantías judiciales y respeto a las libertades, afirma.

Los elementos de la Guardia que cometan un delito o falta al realizar su labor serán juzgados por el fuero civil y no por el fuero militar, al que sólo se reserva el conocimiento de las faltas y delitos que cometan en la organización interna.

Subraya que para mantener bajo vigilancia las tareas de la nueva corporación, se propone reconocer la plena jurisdicción de la Corte Penal Internacional sin limitaciones ni condicionamientos.

El proyecto argumenta que las instituciones militares son las únicas que tienen el personal, la capacidad, el espíritu de cuerpo y las instalaciones requeridas para comenzar a conformar la Guardia Nacional desde el próximo 1 de diciembre; así como capacitar a sus futuros integrantes.

Establece que los guardias nacionales provendrán de las policías Militar y Naval, la Policía Federal; aunado a que se convocará a civiles y elementos de tropa para que se integren a su formación.

Aunque los elementos militares y navales a integrarse cumplen las normas castrenses, la nueva formación tendrá su propio régimen que establece los requisitos de acceso, permanencia, ascenso y capacitación en materia del uso de la fuerza y respeto a los derechos humanos.

Responderá a la disciplina militar en lo que respecta a su organización interna.

Sin embargo, en el ejercicio de atribuciones ligadas al contacto permanente con la población civil, “se desempeñará bajo parámetros de conducción civil, es decir, ajustará el ejercicio de sus funciones de manera racional y proporcional para proteger la libertad, bienes y derechos de las personas”.

Señala que se creara como una institución adscrita al mando militar, pero sus planes, programas y acciones y el despliegue de sus tareas correrán a cargo de la autoridad civil.

Los nuevos elementos recibirán formación y adiestramiento en los planteles militares conforme a un plan de estudios elaborado de manera conjunta por las secretarías de la Defensa, Marina, Gobernación y Seguridad Ciudadana.

“Los esquemas de profesionalización, adiestramiento y certificación se realizarán sobre la base de una formación policial. Todo ello, en estricta observancia de las disposiciones que emita el Congreso General en la Ley Orgánica de la Guardia Nacional, en materia de organización, adscripción, armamento, disciplina y uso de la fuerza”, agrega.

Se invitará a participar en este proceso a la Fiscalía General de la República y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

La capacitación de sus elementos será teórica y práctica.

Al entrenamiento físico de tipo castrense, se agrega la formación académica y práctica en procedimientos policiales, derecho penal, derechos humanos, perspectiva de género, primeros auxilios, protección civil y otros conocimientos necesarios para su “buen desempeño”.

Puntualiza que en primera instancia, la reforma constitucional señalada readecuará el término “Guardia Nacional” a los requerimientos actuales.

En modificaciones posteriores, se presentarán leyes secundarias de tipo reglamentario, así como la normatividad interna de ese cuerpo de seguridad, para alinear su operación a la ley.

Indica que la Guardia actuará en el marco del Plan Nacional de Paz y Seguridad del siguiente gobierno.

Refiere que la corporación señalada está prevista desde la Constitución de 1857, y en la de 1917; sin embargo es preciso aclarar su naturaleza y funciones, ante la urgencia de construir la paz y garantizar la seguridad en el país.

Expone que será una institución del Estado cuya función será lo de salvaguardar los derechos de las personas y sus bienes, preservar el orden y la paz públicas, así como los bienes y recursos de la Nación.

La propuesta parte de la necesidad de que los efectivos militares que realizan tareas de combate a la delincuencia, regresen en muy corto plazo a sus cuarteles y a sus labores de defensa de la Nación.

Mientras tanto, podrán contribuir al adiestramiento de los guardias civiles con adiestramiento policial y militar.

“Y en su lugar, formar y desplegar una fuerza con disciplina especialmente adiestrada para ejercer funciones de salvaguarda de derechos y bienes de las personas, así como de la preservación del orden y la paz públicas. Nuestra propuesta avanza en el sentido de la desmilitarización de las calles de México”, dice.

Afirma que se trata de una medida emergente y de carácter transitorio, sujeta a evaluación a los tres años, por el Poder Ejecutivo y por el Legislativo.

“Habrá de prevalecer sólo mientras persista la crisis de violencia e inseguridad en el país”, propone.

Refiere que para estar acorde con la resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sobre la Ley de Seguridad Interior, en el régimen transitorio se establece una excepción expresa y específica para que a los miembros de las policías militares y navales que se incorporen a la Guardia Nacional, no le sea aplicable la limitación que dispone el artículo 129 de la Constitución.

Según la cual, en tiempos de paz, autoridades militares no pueden realizar funciones que no estén ligadas con la disciplina militar.

Los cambios, dice el documento, Aplicarán a los artículos de la Constitución 13, 16, 21, 31, 32, 36, 55, 73, 76, 78, 82, 89 y 123.

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