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Entrega UAEM datos de rechazados a escuelas privadas

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La Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM) proporcionó a escuelas particulares la base de datos de los aspirantes que hicieron examen para ingresar a la máxima casa de estudios pero que no aprobaron, lo que viola flagrantemente el artículo 55 de la Ley de Protección de Datos Personales.

De acuerdo a estudiantes que hicieron el examen de admisión para la UAEM, después de que se publicaron las listas de los aceptados, aquellos que no quedaron dentro comenzaron a recibir una gran cantidad de mensajes en sus correos electrónicos y mensajes de Whatsapp en sus teléfonos celulares, de parte de universidades particulares ofreciéndoles sus servicios.

Las direcciones de correo electrónico y los números de teléfono celular, son los mismos que ellos proporcionaron cuando llenaron un formato para que les otorgaran la ficha.

Cuestionada al respecto, Itzel Carmona Gándara, representante de una de las dos asociaciones de universidades privadas que hay en el estado, admitió que fue la propia UAEM la que les proporcionó la base de datos de aspirantes “reprobados”.

“Hay convenios de colaboración con las asociaciones de escuelas particulares (ambas), a través de estos convenios el acercamiento para ofrecer espacio académico se hace directamente de la institución particular al estudiante, debe haber una beca disponible (diferentes porcentajes según la escuela) pero es una obligación, y la intención es usar todas las opciones para alcanzar en lo posible la universalidad en el acceso a los estudios superiores”, comentó.

La Ley de Protección de Datos Personales en Poder de los Sujetos Obligados señala claramente:

“Artículo 55. Los responsables no podrán comercializar, difundir o distribuir los datos personales en su posesión, salvo que exista consentimiento expreso, inequívoco y por escrito de los titulares de los datos personales de que se trate”.

Sin embargo, en caso de hacerlo, no existe en la referida Ley una sanción para los Sujetos Obligados, pues sólo establece que “el titular tendrá derecho a solicitar la cancelación de sus datos personales de los archivos, registros, expedientes y sistemas del responsable, a fin de que los mismos ya no estén en su posesión y dejen de ser tratados por este último”.

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