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EXISTEN TRES TIPOS DE RESOLUCIONES EN LA VINCULACIÓN A PROCESO

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•    La juez Nanccy explica los diferentes pasos que siguen los juzgadores.

En una vinculación a proceso el juez puede emitir tres tipos de resoluciones, informó Nanccy Aguilar Tovar, Juez de Control, Juicio Oral y Ejecución de Sanciones del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

En la audiencia de vinculación a proceso se resuelve la situación jurídica de un imputado, el primer paso es el ofrecimiento de pruebas por parte de la defensa y son admitidas bajo el control del juzgador y son desahogadas durante la audiencia, comentó.

En el siguiente paso, dijo Aguilar Tovar, el Ministerio Público (MP) vierte sus argumentos lógicos y jurídicos al imputado en los cuales sustenta su petición de vinculación a proceso, por su parte el asesor jurídico tiene la oportunidad de argumentar y también esgrimir la vinculación que solicitó previamente el MP.

Una vez que se cierra el debate, el juez resuelve la situación jurídica, explicó Nanccy Aguilar Tovar.

La primera es la vinculación a proceso, donde el imputado queda sujeto a proceso, la segunda, es la no vinculación a proceso por insuficiencias probatorias, en este caso el MP tiene la oportunidad de volver a solicitar la vinculación a proceso, y la tercera resolución también se la llama no vinculación a proceso porque la defensa logró acreditar una causa excluyente de incriminación, en la cual el juez dicta el sobreseimiento de la causa con efecto total.

“Estas resoluciones pueden ser recurridas por todas las partes tanto el MP, como el asesor, la víctima y el imputado a través del recurso de apelación”, puntualizó la juez.

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