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Habrá consecuencias legales contra titular de la OIC de la UAEM

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Ante la negativa del titular del Órgano Interno de Control (OIC) de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM) de dar cumplimiento a la presentación de la modificación de la declaración patrimonial y de intereses 2021 de los servidores públicos de la máxima casa de estudios de Morelos, el Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción de Morelos, celebró un acuerdo para que se cumpla con lo mandatado en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Morelos.

Por su parte, el Fiscal Anticorrupción de Morelos, Juan Salazar Núñez dijo que, bajo el reiterado argumento de una mal entendida autonomía, el titular del OIC de la UAEM , el contador público José Barrera Ramírez, ha justificado como soberanía el incumplimiento de la presentación de las declaraciones patrimoniales de los funcionarios de la UAEM, pese a que la Segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sostiene que a las universidades públicas les son aplicables las reglas del Sistema Nacional Anticorrupción porque parte de su patrimonio está integrado por recursos públicos.

En tanto, el acuerdo refiere que “El Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción para el Estado de Morelos, considera que la falta de cumplimiento de los servidores públicos y personas obligadas adscritas a la universidad Autónoma del Estado de Morelos… y la falta de cumplimiento de su Órgano Interno de Control *es un grave retroceso a la transparencia con la ciudadanía y acciones contrarias a los principios y directrices que rigen la actuación de los servidores públicos, por lo que, se exhorta al Titular del OIC de la UAEM, que implemente toda acción y toda clase de facilidades que sean necesarias para que los sujetos obligados cumplan en tiempo y forma con sus obligaciones en la materia”.

Así mismo, se dará vista al Congreso de Morelos, a la ESAF y a la Fiscalía Anticorrupción de Morelos, para que se realicen las acciones legales que correspondan en el ámbito de sus respectivas competencias por falta de cumplimiento de obligaciones del Titular del OIC de la UAEM y las posibles consecuencias jurídicas y/o materiales que por el mismo se generaron o se sigan generando.

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