A través de un video difundido en redes sociales, el presidente de la Comisión de Derechos humanos del Estado de Morelos, Israel Hernández dio a conocer que este jueves la Suprema Corte de Justicia de la Nación le dio la razón a este organismo junto a los planteamientos de siete diputadas que también acudieron a la Corte, al declarar inconstitucional una ley fue impugnada por ellos en la que se pretendió establecer que las leyes pueden votarse con 13 de 20 diputados.
“De acuerdo con el artículo 44 de la Constitución local, se establece que las leyes en el Congreso de Morelos requieren de la votación a favor de las dos terceras partes de los diputados y diputadas que integran la legislatura”, dio como contexto el Ombusperson.
Aclaró también que, “en un congreso de 20 diputadas y diputados la conversión de dos terceras partes equivale a 13.3, de modo tal, que para alcanzar las dos terceras partes, considerando que los seres humanos somos indivisibles se requieren de 14 diputados y no de 13, puesto que 13 es menos que dos terceras partes”.
Hernández aseguró que, atendiendo a sus intereses, se gestionó desde el Poder Ejecutivo, el que se estableciera en una norma de rango legal, es decir, inferior a la constitución, que dos terceras partes alcanzarían con 13 votos, misma disposición que la SCJN ayer determinó que “es un fraude a la Constitución”, puntualizó el presidente de la CDHEM.
Por esta razón, la Comisión encabezada por Israel Hernández, planteó esta situación ante la Suprema Corte y se reconoció una sentencia a su favor y a favor de la sociedad.
QUEDA CLARO
Con esta disposición de la SCJN, queda claro, sin ninguna duda, que el Congreso requiere de 14 votos y no de 13 para emitir leyes en Morelos.
LA LUCHA INICIÓ DESDE 2019
Como se recordará, por separado las diputadas que conformaban el G7, y la Comisión de Derechos Humanos del Estado, presentaron los reclamos contra el decreto que fue aprobado el 27 de noviembre de 2019, en el que se estableció en la Ley Orgánica del Congreso que de los 20 diputados, la mayoría calificada, equivalente a las dos terceras partes, sería igual al voto de 13 en lugar de 14 legisladores, como se computó al inicio de la primera diputación de veinte miembros.