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Participa la Comisión de Derechos en la instalación del mecanismo de protección a periodistas y defensores de derechos humanos

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1. Uno de los temas sobre los cuales la presente administración de la CDH Morelos ha sido más insistente, es el relativo a la Activación del Mecanismo de Protección a Periodistas y Defensores de Derechos Humanos.

2. A través de distintos oficios, pronunciamientos, solicitudes y recomendaciones, se ha requerido tanto al titular del Poder Ejecutivo, como al Secretario de Gobierno de la entidad, el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley de Protección a Periodistas y Defensores de Derechos Humanos del Estado de Morelos; destacando entre ellos, los oficios PRESIDENCIA/005/2019 y PRESIDENCIA/040/2021, así como la recomendación CDHM/SE/VRO/61/002/2020.

3. A lo largo de la administración 2019-2022, este organismo inició 19 expedientes de queja relacionados con agravios a periodistas y defensores de derechos humanos, en los cuales de manera oficiosa, se dictaron medidas precautorias en favor de las y los agraviados, consistentes en el requerimiento expreso a la Secretaría de Gobierno de la incorporación de aquellos al Mecanismo Estatal de Protección a Periodistas y Defensores de Derechos Humanos, sin embargo, dichas solicitudes fueron incumplidas con motivo de la falta de activación que ha prevalecido.

4. Durante los últimos tres años ha sido posible presenciar el asesinato de 8 personas activistas y defensoras de derechos humanos en la entidad; mujeres y hombres a quienes la vida les fue arrebatada y que jamás sabremos si dichos injustos pudieron evitarse en caso de haber contado con los mecanismos y las garantías necesarias para desempeñar su labor con seguridad.

5. Este organismo ha sido crítico de la manera en que se ha desarrollado el proceso para que la presente administración gubernamental active este mecanismo, señalando en un primer momento los motivos injustificados aducidos por la Secretaría de Gobierno para su puesta en marcha, tales como la falta de recursos humanos, materiales y financieros; posteriormente se observó la deficiente continuidad en los trabajos para su implementación ante el argumento de que la pandemia por COVID-19 no lo permitía (argumentos que quedan desvirtuados por la simple razón de que hoy se esta reactivando en pandemia y sin modificación al presupuesto, lo cual revela que durante 24 meses no hubo voluntad para atender el tema); y finalmente, este organismo evidenció la falta de certeza jurídica durante la emisión y supuesta publicación de la convocatoria, tanto por no haber considerado a todos los integrantes que conforman el mecanismo como al no haber expedido el reglamento que contempla la legislación, sin dejar de mencionar las infracciones al marco normativo del Periódico Oficial “Tierra y Libertad”.

6. En tales condiciones, es importante dejar claro que la presencia de la CDH Morelos en el desahogo de esta sesión de instalación, atiende a la autoridad y mandato legal contemplado en el artículo 8 de la Ley de la materia, así como al interés genuino, que coincide con el del Gobierno Federal, para que sean implementados con urgencia en Morelos mecanismos que garanticen la seguridad e integridad de quienes dedican su vida tanto a informar como a luchar por los derechos humanos, sin que esto de ninguna manera signifique convalidar, avalar o respaldar las diversas omisiones e infracciones cometidas a lo largo de estos años por parte de la Secretaría de Gobierno.

7. En esa virtud, este organismo exhorta de manera enérgica tanto a las distintas autoridades que integran este cuerpo colegiado, como a las y los representantes de la sociedad civil y del gremio periodístico a lo siguiente:
I. Analizar y atender de manera inmediata, todos aquellos casos en los que se solicitó la activación del mecanismo por posibles violaciones a derechos humanos o delitos durante los últimos 3 años.
II. En el ámbito de su competencia, llevar a cabo las acciones necesarias que permitan dotar de certeza jurídica los trabajos realizados por este mecanismo, entre otras, las conducentes para la expedición del reglamento contemplado en la ley de la materia.

III. Sesionar de manera periódica y dar seguimiento a los acuerdos alcanzados, evitando la parálisis del mecanismo, como se ha observado en otros cuerpos colegiados creados para la protección de los derechos humanos, y que una vez instalados dejan de cumplir con sus objetivos.

Por último, este organismo refrenda su compromiso tanto con el gremio periodístico como con las personas activistas y defensoras de derechos humanos; recordando que cualquier atentado o amenaza en su contra representa un ataque al Estado Constitucional, Democrático y Social de Derecho.

ATENTAMENTE
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MORELOS

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