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TEPJF prohíbe spots electorales en los que aparezcan menores

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que las medidas cautelares en la difusión de propaganda político-electoral son procedentes cuando se trata de la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

En este sentido, si en la propaganda “se recurre a imágenes de personas menores de edad como recurso propagandístico, las autoridades electorales deben implementar medidas encaminadas a la tutela de sus derechos, sin que resulte necesario probar que el acto o conducta genere un daño a los derechos de las personas menores de edad, en tanto que, para efectos de su protección, lejos de exigirse la acreditación de la afectación, basta que su derecho se coloque en una situación de riesgo”.

Es de mencionar que en el actual proceso electoral, partidos como Movimiento Ciudadano y PRDdifunden anuncios en los que aparecen niños como columna vertebral del mensaje electoral.

En este contexto, el TEPJF aprobó, por unanimidad, la Tesis VIII/2017, con la que se protege los derechos de las niñas, niños y adolescentes, dando prioridad a la protección del interés superior de los menores.

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