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Peña Nieto y Senado impugnan lineamientos de IFETEL

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El presidente Enrique Peña Nieto ordenó interponer una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en contra de ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, por considerar que otorgan facultades inconstitucionales al Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel).

En conferencia de prensa encabezada por el consejero jurídico de la Presidencia, Humberto Castillejos, informó que el mandatario ordenó interponer el recurso ante el máximo tribunal, en contra de los lineamientos generales emitidos por el Ifetel en diciembre pasado sobre la defensa de las audiencias.

La autoridad demandada, añadió, es el Congreso de la Unión al establecer en la Ley que el Ifetel puede emitir los lineamientos generales.

De acuerdo con el consejero jurídico, estos lineamientos que tienen como propósito regular los derechos de las audiencias, tienen un vicio de origen en la citada ley, pues la Carta Magna establece que la regulación en la materia, corresponde al titular del Ejecutivo federal.

Acompañado por el vocero presidencial, Eduardo Sánchez, el consejero jurídico dijo que la publicación de los lineamientos generales constituye el primer acto de aplicación de esta Ley, y que la Constitución no le otorga al Instituto la atribución para regular los derechos de las audiencias, que al ser un derecho humano le corresponde al Ejecutivo.

“Los derechos de las audiencias, en términos del Artículo 6º de nuestra Constitución, son parte del derecho humano a la información y, por ende, cualquier regulación debe estar prevista en la Ley. En caso de requerirse ser detallada, precisada o proveer algo en la esfera administrativa, sería una competencia del Presidente de la República mediante el reglamento respectivo”, agregó.

Por tanto, apuntó, la regulación de los derechos de las audiencias no puede contenerse en Lineamientos Generales expedidos por el Ifetel, sino que deben de estar normados, regulados y previstos en la Ley, en términos de la Constitución y las Convenciones sobre derechos humanos.

En caso de ser reglamentados, esto “correspondería al Presidente de la República, en los términos del Artículo 89, Fracción 1ª de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Afirmó que el presidente Peña Nieto respeta y reconoce el trabajo del Congreso de la Unión y el Ifetel, pero ello no impide que acuda a las instituciones del país para que se haga un control de la constitucionalidad.

Respecto a los tiempos, recordó que la demanda primero tiene que ser admitida por algún ministro y se debe notificar a las partes demandadas, para que posteriormente se presente un proyecto de resolución.

En este sentido, expuso que se debe esperar a que se admita la controversia para analizar si se solicita un incidente de suspensión de esta ley, que entraría en vigor el próximo 16 de febrero.

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