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Aseguran 40 animales muertos congelados en Monterrey

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En respuesta a una denuncia ciudadana, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y la Procuraduría General de la República (PGR) realizaron la mañana de este domingo un cateo a un domicilio particular ubicado en Monterrey, Nuevo León donde hallaron 40 ejemplares de vida silvestre muertos en un congelador y 12 animales vivos en graves condiciones de desnutrición y hacinamiento.

La alerta recibida desde el pasado mes de octubre por la Profepa, indicaba que la vivienda era un centro de acopio para la venta ilícita de especies en peligro de extinción a través de Internet y redes sociales como Facebook.

En el operativo realizado en la colonia Plutarco Elías Calles, se encontraron sin vida 17 ejemplares de Pitón bola; dos petauros del azúcar; dos ardillas grises; dos perritos de la pradera cola negra; un mono ardilla; un mono Titi orejas de algodón; un perico mostacho; dos cernícalos; tres lagartos monitor de agua; dos cocodrilos de pantano, cuatro ejemplares de pitón burles; una serpiente maicera y dos ranas arborícolas ojo rojo.

Al cumplimentar la orden de cateo concedida por un juez federal, los inspectores de la Profepa apoyados también por elementos de la Fuerza Civil de Nuevo León, consiguieron el rescate de un perico sol; una chinchilla; seis tortugas del desierto; dos guacamayas azul y oro y dos pericos monje argentinos, que fueron asegurados de manera precautoria, ya que no contaban con alimento ni agua.

Los animales vivos fueron trasladados al Zoológico Parque “La Pastora”, donde serán evaluados por veterinarios para determinar su estado de salud.

En un comunicado de prensa, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente recordó que el artículo 420 fracción cuarta del Código Penal Federal, establece que la posesión ilegal de ejemplares es un delito que se castiga con pena de uno a nueve años de prisión y con una multa de hasta tres mil días de salario mínimo, además de que se suman tres años más de cárcel y hasta mil días de salario mínimo adicionales, cuando las conductas descritas se realicen con fines comerciales.

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