Continuando con el ABC de Educación Financiera ahora toca la letra “G” con el concepto de Garantía:
La Garantía es la figura que asegura el cumplimiento de una obligación. Es el respaldo con el cual una persona –al solicitar un crédito, préstamo o concesión– asegura el cumplimiento de los pagos. Las instituciones financieras analizan las garantías que presenta el solicitante para protegerse contra riesgos y pérdidas, permitiendo así el flujo más eficiente del crédito para lo cual existen dos tipos de garantías:
Garantías reales: consisten en bienes inmuebles u otros activos:
- La prendaria: se deja una prenda o bien mueble en garantía del pago; esta operación es la que se lleva a cabo en casas de empeño.
- La hipotecaria: se deja en garantía un bien inmueble. Y la segunda clasificación de garantías como:
Garantías personales: consisten en avales y fianzas que obtiene el deudor; el avalista puede ser un familiar o amigo que tenga solvencia económica para responder –en caso necesario– por el préstamo.
Recomendaciones:
- Revisa que las condiciones de las garantías y créditos queden estipuladas en el contrato.
- Lee el contrato con cuidado y, si tienes duda, pregunta.
- Si vas a dejar algo en garantía, investiga antes su valor pues esto evitará que los prestamistas le den un uso incorrecto.
- Al momento de obtener préstamos en casas de empeño, revisa que el valor de la prenda que ofreces en garantía sea determinado por el precio en el mercado, y exige un contrato en el que se especifique lo que otorgas como prenda, su localización y datos.
- Si estás pensando abrir una micro, pequeña o mediana empresa, existe un instrumento especialmente para ti: el Sistema Nacional de Financiamientos, diseñado para que los productos financieros Pyme no requieran garantías hipotecarias y cuenten con tasas de interés competitivas.
Carlos Flores Hernández
Asesor de Educación Financiera en CONDUSEF Morelos